RG 4596 VIGENCIA 04/10/2019
La AFIP implementa el programa “SUMA”, que permite reintegrar sumas de dinero a los consumidores finales que carguen determinados datos de sus operaciones de compra a través de una aplicación móvil.
COMO FUNCIONA ?
PREMIOS
1. El premio consistirá en una suma de dinero que resultará de aplicar el quince por ciento (15%) sobre el importe total de la factura o documento equivalente recibido por el consumidor final, con redondeo de múltiplos de diez pesos ($ 10).
2. Se considerarán los comprobantes ingresados en la aplicación móvil “SUMA” que cumplan las condiciones previstas en el Apartado II del presente Anexo I, emitidos por sujetos cuya actividad declarada ante esta Administración Federal sea alguna de las que se detallan en el Anexo II.
3. Los topes máximos a considerar serán los que se indican a continuación:
3.1. Por comprobante: la suma de doscientos pesos ($ 200).
3.2. Por usuario: la suma de un mil pesos ($ 1.000).
3.3. Podrán participar hasta un total de cincuenta mil (50.000) usuarios, entendiéndose por tales aquellos sujetos que hayan descargado la aplicación y se hubieran registrado en la misma.
4. Los participantes podrán acreditar sus premios en la cuenta bancaria cuya clave bancaria uniforme (CBU) se encuentre declarada ante esta Administración Federal conforme a lo establecido en la resolución general 2675, sus modificatorias y complementarias, y/o canjear los mismos asignando el crédito en la tarjeta “SUBE”, la que deberá encontrarse vigente.
5. La acreditación se efectuará dentro de las setenta y dos (72) horas de seleccionada la opción a que se refiere el punto anterior.
6. Los ganadores dispondrán hasta el día 30 de noviembre de 2019 para hacer efectivo el premio, caso contrario perderán todo derecho al mismo.
SORTEO
1. Todos los comprobantes ingresados en la aplicación móvil “SUMA” que cumplan las condiciones previstas en el Apartado II del presente Anexo, participarán del sorteo.
2. Se realizará un (1) sorteo y el ganador se hará acreedor de una suma de dinero equivalente a diez mil pesos ($ 10.000).
3. Será público y se llevará a cabo en la sede central de esta Administración Federal entre los días 21 de octubre de 2019 y 30 de noviembre de 2019, en presencia de un escribano público y de dos (2) funcionarios de este Organismo en carácter de veedores.
4. Quien resulte ganador recibirá una comunicación a través de la aplicación móvil “SUMA” y del correo electrónico informado.
5. El pago del impuesto a los premios de juegos de sorteo regido por la ley 20630 y sus modificaciones, se encontrará a cargo de esta Administración Federal.
6. El ganador dispondrá hasta el día 31 de diciembre de 2019 para hacer efectivo el premio, caso contrario perderá todo derecho al mismo.
II – DE LAS FACTURAS Y DEMÁS COMPROBANTES
1. Se encuentran habilitados para participar los comprobantes emitidos por operaciones de compra de cosas muebles, o por las obras, locaciones y prestaciones de servicios -en todos los casos a consumidores finales- en tanto se trate de facturas clases “B” y “C”, recibos “B” y “C”, tiques y tiques factura tipo “B” y “C”, que cumplan los requisitos previstos en las resoluciones generales 100 y 1415, sus respectivas modificatorias y complementarias y 4291 y su modificatoria, o hayan sido emitidos con arreglo al régimen de controladores fiscales previsto por la resolución general 3561, sus modificatorias y complementarias, o las normas que pudieran complementarlas o sustituirlas en el futuro.
Códigos de los comprobantes:
Código | Descripción |
6 | Facturas “B” |
9 | Recibos “B” |
11 | Facturas “C” |
15 | Recibos “C” |
82 | Tique factura “B” |
83 | Tique |
111 | Tique factura “C” |
2. La fecha de emisión de los comprobantes deberá estar comprendida entre los días 1 y 20 de octubre de 2019.
3. El importe de los comprobantes deberá ser igual o superior a cincuenta pesos ($ 50).
4. La clave única de identificación tributaria (CUIT) del emisor del comprobante deberá encontrarse en estado “Activo”, conforme a la resolución general 3832 y sus modificatorias.
5. Los comprobantes deberán conservarse y encontrarse a disposición de esta Administración Federal hasta el día 2 de enero de 2020.
6. Los comprobantes no deberán contener enmiendas o raspaduras, en los datos correspondientes a la clave única de identificación tributaria (CUIT), nombres y apellido, denominación o razón social, domicilio, tipo y número de factura, monto y fecha.
7. Los comprobantes no podrán ser informados por más de un interesado.
III – DEL PROCEDIMIENTO PARA PARTICIPAR
1. Descargar e instalar la aplicación móvil “SUMA” disponible en las tiendas virtuales de los sistemas operativos móviles – iOS y Android-.
2. Acceder a la aplicación móvil y registrarse mediante clave única de identificación tributaria (CUIT), clave única de identificación laboral (CUIL) o clave de identificación (CDI) y clave fiscal con nivel de seguridad 2 o superior, obtenida de conformidad con lo dispuesto por la resolución general 3713, sus modificatorias y complementarias.
3. Suscribir los términos y condiciones correspondientes al Programa “SUMA”.
4. Ingresar los datos que según el caso se indica a continuación:
4.1. Del participante:
4.1.1. Apellido y nombres.
4.1.2. Tipo y número de documento.
4.1.3. Dirección de correo electrónico.
4.1.4. Número de teléfono de contacto.
4.1.5. Clave bancaria uniforme declarada conforme a lo establecido en la resolución general 2675, sus modificatorias y complementarias.
4.1.6. Número de identificación de la tarjeta “SUBE”.
4.2. De los comprobantes:
4.2.1. Clave única de identificación tributaria (CUIT) del emisor.
4.2.2. Tipo y número de comprobante y punto de venta.
4.2.3. Fecha de emisión.
4.2.4. Importe total.
4.2.5. Código de Autorización Electrónico (CAE), Código de Autorización Electrónico Anticipado (CAEA) o Código de Autorización de Impresión (CAI), según corresponda.
5. Esta Administración Federal registrará la información ingresada, y en caso de ser aceptados los datos suministrados, asignará un registro por cada comprobante.
El rechazo de la información ingresada por el participante se efectuará a través de la aplicación móvil “SUMA”, en la que se indicará el o los documentos que originan la inconsistencia, con su respectivo motivo.
ACTIVIDADES ECONÓMICAS COMPRENDIDAS
Código Actividad | Descripción de la Actividad |
Artículos deportivos y recreación | |
476310 | Venta al por menor de equipos y artículos deportivos |
476320 | Venta al por menor de armas, artículos para la caza y pesca |
477140 | Venta al por menor de indumentaria deportiva |
477230 | Venta al por menor de calzado deportivo |
523941 | Venta al por menor de artículos de deportes, equipos e indumentaria deportiva |
Artículos para el hogar, de uso personal, bazares y regalería | |
471900 | Venta al por menor en comercios no especializados, sin predominio de productos alimenticios y bebidas |
475440 | Venta al por menor de artículos de bazar y menaje |
Blanco y mantelería | |
475120 | Venta al por menor de confecciones para el hogar |
475190 | Venta al por menor de artículos textiles n.c.p. excepto prendas de vestir |
Joyería, relojería, bijouterie y fantasías | |
477420 | Venta al por menor de artículos de relojería y joyería |
477430 | Venta al por menor de bijouterie y fantasía |
477840 | Venta al por menor de oro, monedas, sellos y similares |
477480 | Venta al por menor de obras de arte |
477410 | Venta al por menor de artículos de óptica y fotografía |
523994 | Venta al por menor de artículos de colección y objetos de arte |
Gastronomía y restaurantes | |
561011 | Servicios de restaurantes y cantinas sin espectáculo |
561012 | Servicios de restaurantes y cantinas con espectáculo |
472172 | Venta al por menor de bombones, golosinas y demás productos de confitería |
Calzados y marroquinería | |
477150 | Venta al por menor de prendas de cuero |
477220 | Venta al por menor de calzado, excepto el ortopédico y el deportivo |
477290 | Venta al por menor de artículos de marroquinería, paraguas y similares n.c.p. |
477210 | Venta al por menor de artículos de talabartería y artículos regionales |
523490 | Venta al por menor de artículos de marroquinería, paraguas y similares n.c.p. |
Indumentaria y lencería | |
477190 | Venta al por menor de prendas y accesorios de vestir n.c.p. |
477110 | Venta al por menor de ropa interior, medias, prendas para dormir y para la playa |
Perfumería y cosmética | |
960201 | Servicios de peluquería |
930201 | Servicios de peluquería |
930202 | Sercicios de tratamiento de belleza, excepto los de peluquería |
477320 | Venta al por menor de productos cosméticos, de tocador y de perfumería |
Servicios de belleza, estética y relajación | |
551022 | Servicios de alojamiento en hoteles, hosterías y residenciales similares, excepto por hora, que incluyen servicio de restaurante al público |
551023 | Servicios de alojamiento en hoteles, hosterías y residenciales similares, excepto por hora, que no incluyen servicio de restaurante al público |
960202 | Servicios de tratamiento de belleza, excepto los de peluquería |
960910 | Servicios de centros de estética, spa y similares |
Viajes y turismo | |
791100 | Servicio minorista de agencias de viajes |
Varios | |
477490 | Venta al por meno de artículos nuevos n.c.p. |
479101 | Venta al por menor por Internet |
523999 | Venta al por menor de artículos nuevos n.c.p. |
Florerías | |
477440 | Venta al por menor de flores, plantas, semillas, abonos, fertilizantes y otros productos de vivero |