La Secretaría de Ingresos Públicos de la Provincia de Córdoba adecua la reglamentación del régimen de facilidades de pago -D. (Cba.) 1738/2016- como consecuencia de las modificaciones introducidas por el decreto (Cba.) 457/2019.
Al respecto, se establece que en los planes de pago:
Entre 1 a 36 cuotas mensuales el monto mínimo de las mismas será de $ 500.-
Entre 37 y 120 cuotas mensuales el monto mínimo de las mismas será de $ 5.000.
Entre 48 y 90 cuotas mensuales, la primera cuota será el 30% de la deuda consolidada,
Entre 91 y 120 cuotas la primera cuota ascenderá al 40%.
Fuente RESOLUCIÓN (SIP Cba.) 17/2019
